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14 de sept de 2026

RIPS 2026: lo que todo médico debe saber (y qué cambió con la Resolución 948)

Equipo Doctoralia

Los médicos y el personal asistencial que prestan servicios en clínicas, hospitales y consultorios deben diligenciar el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS). Puede parecer un trámite engorroso, pero es mucho más que un reporte para la EPS: consigna los diagnósticos y tratamientos en la historia clínica y, además, alimenta el perfil epidemiológico del país, base para definir políticas públicas e incluso los precios que se pagan por los servicios.

De fondo, es información esencial para decisiones como la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y los presupuestos máximos. En promedio, cada año se registran alrededor de 458 millones de RIPS, según le explicó el Ministerio de Salud a Doctoralia en 2024.

“El RIPS no debe verse simplemente como un reporte para la EPS o la Secretaría de Salud; debe considerarse una herramienta de gestión interna para el prestador de servicios”, afirma el Ministerio de Salud.

Y hay una novedad que cambia las reglas del juego: desde mayo de 2026 rige la Resolución 948 de 2026, que derogó la Resolución 2275 de 2023 y endureció las validaciones. Por eso, desde Doctoralia te contamos cinco cosas que debes saber hoy si diligencias RIPS.

1. Los datos que debe llevar

Es clave que el personal médico, asistencial y administrativo tenga presente que en cada RIPS debe ir:

Datos de la transacción:

  • NIT del prestador o proveedor de tecnología en salud.
  • Número de la factura.
  • Tipo de nota (crédito, débito o de ajuste).
  • Número de la nota (por ejemplo, en un ajuste que responde a una glosa y corrige información del RIPS sin afectar el valor de la factura, como el diagnóstico o la causa externa).

Datos del usuario:

  • Tipo y número de documento de identificación.
  • Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, régimen especial, planes voluntarios, ARL, SOAT, particular, entre otros).
  • Fecha de nacimiento, sexo, país y municipio de residencia, zona (urbana/rural), si se expidió incapacidad, consecutivo y país de origen.

Datos de los servicios:

En cada servicio se identifica al prestador con el código de habilitación (los primeros 10 dígitos corresponden al prestador y los últimos 2 a la sede). También se registra el lugar, la fecha y la hora de atención; el código del servicio (con la CUPS que el Ministerio actualiza cada año, o los códigos de medicamentos definidos por el INVIMA); la causa externa (enfermedad general, accidente, violencia); la finalidad (diagnóstico, tratamiento, promoción de la salud, prevención, diagnóstico precoz); el diagnóstico principal y los relacionados (CIE-11); el valor del servicio y el valor asumido por el usuario como pago compartido.

2. Los servicios que se reportan

Los servicios se agrupan en:

  • Consultas: consulta externa (medicina, odontología, especialistas, nutrición, fisioterapia, psicología, entre otros), urgencias, valoraciones diarias a pacientes hospitalizados, interconsultas y juntas médicas.
  • Procedimientos: quirúrgicos, de laboratorio e imagenología (rayos X, TAC, resonancia magnética, ecografías), entre otros.
  • Otros servicios: dispositivos médicos, insumos, estancias hospitalarias (cuidado intensivo, intermedio, unidad de quemados, habitación uni o bipersonal, salas de diálisis o quimioterapia), traslados en ambulancia y honorarios (cuando se facturan aparte los del cirujano o anestesiólogo).

También se generan RIPS por servicios como urgencias con observación, hospitalización, parto o cesárea, recién nacidos y medicamentos. Con la Resolución 948 de 2026 se sumaron, además, archivos para servicios como telemedicina y atención domiciliaria.

3. Por qué lo diligencia el médico

La responsabilidad primaria recae en el personal asistencial —médicos, odontólogos y demás profesionales de la salud—, porque son quienes registran la información en la historia clínica y conocen la taxonomía de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11). Con ese conocimiento eligen la opción más precisa para el diagnóstico del paciente, además de la estructura de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS) y las tablas que definen la causa externa, la finalidad, la vía de ingreso y el destino del usuario al egreso.

4. Lo que cambió en 2026

Este es el cambio más importante. Antes, la mayoría de las reglas de validación eran de notificación: alertaban sobre un error, pero no impedían generar el código de validación. Con la Resolución 948 de 2026 eso cambió:

  • Desde el 1 de junio de 2026, un grupo de reglas pasó de “notificación” a “rechazo”.
  • Desde el 1 de julio de 2026 son exigibles nuevos ajustes técnicos y reglas adicionales que también nacen como rechazo.

¿Qué significa en la práctica? Que un RIPS mal estructurado ya no genera solo una advertencia: puede impedir que obtengas el Código Único de Validación (CUV). Y sin CUV, la factura electrónica no se puede radicar ni cobrar. Dicho de otro modo, diligenciar bien el RIPS hoy es, directamente, cobrar a tiempo.

Los errores que más rechazos generan siguen siendo los de siempre: incumplir las reglas de estructura del archivo (formato o tipo de dato esperado), inconsistencias en el código de habilitación, discrepancias entre los valores del servicio y la modalidad de contratación, y errores en el diligenciamiento de la factura electrónica.

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5. Herramientas que facilitan el proceso

El Ministerio de Salud insiste en que la herramienta principal es la capacitación continua, la motivación y la retroalimentación del talento humano en salud. A eso se suma la tecnología: un software de historia clínica electrónica que genere los RIPS de forma automática a partir de lo registrado en el diagnóstico ahorra tiempo y reduce errores, y las herramientas que validan la información antes de enviarla al Mecanismo Único de Validación (MUV) ayudan a llegar al CUV sin rechazos.

Conclusión

La fidelidad de la información reportada a través de los RIPS es fundamental para contar con un sistema confiable, que refleje la realidad epidemiológica del país. Gracias a esos datos hoy es posible construir guías de práctica clínica, establecer protocolos, definir coberturas, incluir medicamentos esenciales y orientar la formación desde el Ministerio de Salud. En buena medida, la confiabilidad del perfil epidemiológico de Colombia está en manos de los profesionales de la salud.

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